- Instrucción  MIE-BT-042 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión:

          " Las instalaciones en locales de pública concurrencia,  las  que presenten  riesgo  de  incendio o explosión y  las  correspondientes  a locales  de características especiales DEBERÁN SER REVISADAS ANUALMENTE POR  INSTALADORES  AUTORIZADOS  que  extenderán  un  boletín  de reconocimiento  que se entregará al propietario, arrendatario, etc..  del  local,  debiendo remitir copia del mismo a  la Delegación    Provincial    correspondiente    del    Ministerio de Industria. "

 

- Orden del 31-1-90 de la Consejería de Industria, Comercio  y Turismo de la Generalitat Valenciana,  sobre mantenimiento  e inspección  periódica  de instalaciones en locales  de  pública concurrencia:

          "  Las  comprobaciones a realizar por las  empresas  instaladoras autorizadas se efectuarán  una vez  cada  TRES  MESES, sin perjuicio de las que proceda realizar en plazos menores de acuerdo  con Normas específicas ".