- Instrucción MIE-BT-042
del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión:
" Las instalaciones en locales de pública
concurrencia, las que
presenten riesgo
de incendio o explosión y
las correspondientes
a
locales de
características especiales DEBERÁN SER REVISADAS ANUALMENTE POR
INSTALADORES AUTORIZADOS que
extenderán un
boletín de
reconocimiento que
se entregará
al propietario, arrendatario,
etc.. del
local, debiendo remitir
copia del mismo a la Delegación
Provincial correspondiente del
Ministerio de
Industria. "
- Orden del
31-1-90 de la Consejería de Industria, Comercio y
Turismo de la Generalitat Valenciana, sobre
mantenimiento e
inspección periódica
de instalaciones en locales de
pública
concurrencia:
" Las
comprobaciones a realizar por las empresas
instaladoras autorizadas se
efectuarán una vez
cada TRES
MESES, sin perjuicio de las que
proceda realizar en plazos menores de acuerdo con Normas específicas ".
