En el interior de las viviendas solo se permite instalar depósitos móviles de
tipo doméstico, con una capacidad que no exceda de 15 Kg. cada una.
Los depósitos móviles de capacidad superior han de instalarse en el exterior de la vivienda.
En el interior de las viviendas no se permite la conexión en batería de más de dos depósitos móviles para la descarga simultánea.
La instalación de depósitos móviles en batería requiere, en cualquier caso, la instalación rígida.
Los depósitos móviles, tanto llenos como vacíos, se han de colocar siempre en posición vertical.
La distancia mínima que los separe de los hogares para combustibles sólidos y líquidos y otras fuentes similares de calor, debe ser de 1,5 m.
Cuando por falta de espacio no se pueda mantener esta distancia mínima entre la fuente de calor y el depósito móvil, se debe colocar una protección contra la radiación, sólida, eficaz y de material incombustible. En este caso, la distancia "fuente de calor - protección - depósito móvil" no debe ser inferior a 0,5 m.
La distancia mínima que los separe de los fogones y elementos de calefacción debe ser de 0,30 m. Con protección contra la radiación, esta distancia se puede reducir a 0,10 m.
Los depósitos móviles distarán, como mínimo, 0,30 m de los interruptores y de las conducciones eléctricas y 0,50 m. de los enchufes eléctricos.
Únicamente de admite la instalación de depósitos móviles por debajo de los fogones de gas y de los calentadores de agua, cuando el depósito móvil se encuentre protegido contra las radiaciones directas de calor.
Si los depósitos móviles se colocan en armarios, éstos han de tener aberturas de ventilación en su parte inferior que como mínimo ocupen un 1% de la superficie de la pared o el fondo en donde se encuentran colocados los depósitos.
El depósito móvil de reserva, si no está acoplado al de servicio con una lira, se debe colocar obligatoriamente en una cámara independiente de aquella en la cual se encuentre el depósito móvil en servicio y alejada de todo tipo de fuegos.
Durante el cambio de los depósitos móviles se debe tener cuidado de no tener encendido ningún punto de fuego, no encender ninguno y no accionar ningún interruptor eléctrico.
Queda prohibida la instalación de depósitos móviles de cualquier medida en locales situados por debajo del nivel del suelo ( sótanos ), en cajas de escaleras y en pasillos. La colocación de depósitos móviles en lugares de este tipo requiere una autorización especial de la Delegación de Industria, con informe previo de la empresa suministradora del gas.
Cuando los depósitos móviles estén instalados en el exterior (terrazas, balcones, etc.), la instalación debe contar con una llave general de corte de gas fácilmente accesible en el interior de la vivienda. Es aconsejable poner una llave de corte para cada aparato.
Queda absolutamente prohibida la conexión de depósitos móviles y aparatos sin intercalar un manorreductor, salvo que los aparatos hayan estado aprobados para funcionar a presión directa, en este caso hay que utilizar una tubería rígida para la conexión.
Las presiones marcadas para el uso del gas son: 280 mm c.d.a., 500 mm c.d.a. y 1120 mm c.d.a.