Todos los parámetros que intervienen de forma fundamental en el funcionamiento de una instalación, como temperatura presión, caudal, humedad, etc. deben disponer de los correspondientes elementos de medición de sus magnitudes.
El número y ubicación de dichos elementos en los circuitos o componentes de la instalación han de permitir medir, de forma continua y permanente el valor instantáneo de cada magnitud, antes y después de cada proceso que lleve implícito su variación.
Los aparatos de medición pueden estar provistos de una escala de lectura en el mismo lugar de emplazamiento del elemento sensible o estar acoplados a un aparato a distancia de lectura, de registro o de lectura y registro.
La lectura de una magnitud podrá efectuarse también aprovechando las señales de los aparatos de control; en este caso, la instalación dispondrá, como mínimo, de un dispositivo permanente de lectura.
En el caso de medida de temperatura en circuitos de agua el sensor penetrará en el interior de la tubería o equipo a través de una vaina que estará rellena de una sustancia conductora de calor. No se permite el uso de termómetros de contacto.
La medida de presión en circuitos de agua en lugares cercanos a equipos en movimiento, se hará con manómetros equipados de dispositivos de amortiguación de las oscilaciones de la aguja indicadora.
La escala de cualquier aparato de medición debe ser tal que el valor medio de la magnitud a medir esté comprendido en su tercio central.
Los aparatos de medida se situarán en lugares visibles y fácilmente accesibles para su entretenimiento y sustitución y el tamaño de la escala será suficiente para que la temperatura pueda efectuarse sin esfuerzo.
En instalaciones de potencia térmica superior a 70 kW, el equipamiento mínimo de aparatos de medición, indicadores o registradores, será el siguiente:
a) colectores de retorno: un termómetro
b) vasos de expansión cerrados: un manómetro
c) aparatos de transferencia térmica de refrigerantes, gases de combustión, vapor, etc., a un fluido portador líquido: un termómetro dispuesto en el punto de entrada y otro en el de salida del fluido portador.
d) chimeneas: un pirómetro (o pirostato con indicador)
e) intercambiadores de maquinaria frigorífica: un manómetro para lectura diferencial
f) circuitos secundarios de distribución de un fluido portador: un termómetro dispuesto en la impulsión y otro en el retorno
g) bombas: un manómetro para lectura diferencial
h) baterías de transferencia térmica: dos termómetros en las tuberías del fluido portado y dos en el circuito de aire
i) válvulas automáticas: dos tomas para la medida de la pérdida de presión
j) recuperadores de calor: cuatro termómetros dispuestos en las entradas y salidas de los fluidos
k) unidades de tratamiento de aire: un termómetro de capilar dispuesto en cada sección en la que tenga lugar una variación de temperatura, otro en la entrada del aire de retorno y otro en la salida del aire de impulsión.
En las instalaciones de aire acondicionado cuya potencia térmica total instalada sea superior a 100 kW, se instalará un termómetro en la toma de aire exterior.
Se incorporarán dispositivos para el registro de las horas de funcionamiento de los equipos siguientes:
a) generadores y ventiladores cuya potencia térmica sea mayor que 100 kW
b) bombas y ventiladores cuya potencia eléctrica sea mayor que 20 kW
Se dispondrán dispositivos para la medición de la energía térmica generada en centrales de potencia superior a 1000 kW.